Los nuevos límites de deducción de las aportaciones a planes de pensiones individuales en 2022
03 de enero de 2022
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El anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2022 ha vuelto a reducir los límites de deducción de las aportaciones a planes de pensiones individuales y a Planes de Previsión Asegurados-PPA.
Hasta el 31 de diciembre de 2021, en territorio común (toda España excepto País Vasco y Navarra) el límite conjunto de deducciones en IRPF por todas las aportaciones a los sistemas de previsión social (planes de pensiones individuales, PPAs, planes de pensiones de empleo, planes de previsión social empresarial y mutualidades de previsión social) es la menor entre 2.000 euros anuales o el 30% de los rendimientos netos de trabajo y de actividades económicas.
Este límite disminuirá a partir de 1 de enero de 2022 y quedará establecido en la menor de las cantidades siguientes:
- a) El 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio.
- b) 1.500 euros anuales
Limite adicional de aportaciones y contribuciones a planes de pensiones de empleo
Además, para 2022 ese límite de aportación y deducción de 1.500 euros podrá incrementarse en hasta otros 8.500 euros adicionales, siempre que tal incremento provenga de contribuciones empresariales o de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social que sean de importe igual o inferior a la respectiva contribución del empleador. A estos efectos, las cantidades aportadas por la empresa que deriven de una decisión del trabajador tendrán la consideración de aportaciones del trabajador.
La diferencia respecto a 2021
En este ejercicio 2021 el límite adicional por contribuciones a sistemas de previsión social empresarial ascendía a 8.000 euros, e incluía únicamente las contribuciones del empleador a favor del empleado a instrumentos de previsión social empresarial (planes de pensiones de empleo, planes de previsión social empresarial y mutualidades de previsión social).
Las aportaciones a favor del cónyuge y de minusválidos se mantienen
El límite máximo de deducción por aportaciones a planes de pensiones de los que sea titular el cónyuge, si éste no obtiene rendimientos netos del trabajo ni de actividades económicas, o los obtiene en cuantía inferior a 8.000 euros anuales, continúa en 2022 en 1.000 euros anuales.
Asimismo, no hay modificación en los límites de aportación y deducción a planes de pensiones constituidos a favor de personas con minusvalías, límites que se informan en este articulo vinculado.
Cuadro de límites de deducción IRPF por aportaciones a planes de pensiones (territorio común): 2022 vs 2021
¿Qué otros cambios en el tratamiento fiscal de las aportaciones a sistemas de previsión social se espera que se aprueben durante 2022?
Asimismo, el borrador Anteproyecto de Ley (APL) de regulación de los Fondos de Promoción Pública y Planes de empleo simplificados (PPES), cuya aprobación se prevé para el segundo trimestre de 2022, introduciría un nuevo límite de aportación y deducción para trabajadores autonomos por sus contribuciones a los nuevos Planes de Pensiones de Empleo Simplificados (PPES o PES) que ascendería a 4.250 euros. Sumado a los 1.500 euros de límite para las aportaciones realizadas a los planes de pensiones individuales, en total, los autónomos podrían aportar 5.750 euros anuales y deducirse la menor entre las siguientes cantidades:
- 5.750 euros anuales
- el 30% de sus rendimientos netos de trabajo y actividades económicas.
El límite indicado (4.250 euros) se aplicaría también a las aportaciones propias que el empresario individual realice a planes de pensiones de empleo de los que sea a la vez promotor y además participe.