¿Qué supone la inversión en deuda privada para las empresas beneficiarias y para los inversores?
28 de julio de 2021
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La inversión en deuda privada o préstamos directos, no bancarios, es una fuente de financiación adicional a los créditos concedidos por las entidades bancarias. En un entorno regulatorio cada vez más exigente con los ratios y calidad del capital de los bancos.
Las empresas beneficiarias disfrutan de:
- Periodos de valoración de la concesión de préstamo relativamente cortos
- La posibilidad de contar con un mayor apalancamiento (es decir, mayor proporción de crédito que de capital propio invertido en una operación financiera), en situaciones especiales y complejas
- Contratos con un clausulado específico y a medida, adaptados al caso concreto.
Este punto merece una mención especial, ya que una de las principales diferencias de la deuda privada con la deuda pública es la inclusión de “covenants” (fuertes paquetes de restricciones y compromisos). Que pueden ser de tres tipos:- Positivos: acciones que se han de realizar (por ejemplo, cumplimiento con licencias administrativas).
- Negativos: acciones que se van a impedir (por ejemplo, distribución de dividendos)
- Financieros: definición de ratios de apalancamiento
Por su parte, quien invierte en deuda privada:
- Obtiene un atractivo potencial de rentabilidad ajustada por riesgo, incluso en los peores escenarios de mercado.
- Con tasas de recuperación más elevadas que las de inversiones en renta fija privada de alto rendimiento (high yield) o préstamos sindicados
- Y frente a otras inversiones en capital privado, mitigación de la “curva J” (la curva J supone incurrir en pérdidas coyunturales en el corto plazo, que se mitigan en el largo plazo). Debido a que los periodos de inversión son más reducidos, y a que la distribución de intereses se realiza desde los primeros meses de vida del fondo. También ayuda el hecho de contar con comisiones más pequeñas, que se calculan sobre el capital invertido.
El riesgo principal de la inversión es que se produzca un deterioro en el EBITDA de la compañía (beneficio antes de intereses, impuestos, depreciaciones y amortizaciones) que junto a un elevado apalancamiento no permita atender al pago de intereses y devolución del capital. De ahí que, con el objetivo de mitigar dicho riesgo y tratar de asegurar el éxito de la inversión se establezcan, como ya hemos mencionado, fuertes condicionantes (“covenants”) en el contrato bilateral de concesión del préstamo, tras haber realizado un profundo análisis de la compañía por parte de equipos especializados.
Por último, nos gustaría mencionar que, aunque en principio parezca que aplicar criterios de inversión socialmente responsable a la deuda privada es complicado, en la práctica la mayor parte de los gestores de fondos de deuda privada son firmantes de UNPRI o implementan políticas ESG en sus inversiones. Excluyen inversiones en compañías de sectores o industrias comprometidas. Exigen a la compañía no sólo la información financiera, sino también los planes presentes y futuros en materia ESG. E imponen condicionantes de ESG en la documentación contractual.